• Edificios de Construcción
- Superior: Muros de Block y Techos de Concreto o
- Semi superior: Muros de Block y Techos de Lámina
• No debe exceder de un máximo de cuatro unidades familiares por edificio, los cuales deben ser de uso exclusivo residencial.
• Los contenidos de esos edificios, que son propiedad del asegurado y que son de naturaleza normal de un edifico residencial.
• Cualquier residencia que no sea la residencia primaria del asegurado.
• Existencia de actividades ilegales u otras actividades que conlleven peligro e incrementen la exposición a una pérdida.