Coberatura: El Asegurador pagará por cada uno de los Directores o Gerentes aquellas pérdidas que se deriven de cualquier reclamación de las que sean responsables por cualquier violación de sus deberes, negligencia, error, omisión o algún otro acto similar, cometido o presuntamente cometido por ellos en su funciones como Directores o Gerentes de la Compañía, hasta el monto en que dichas pérdidas hayan sido indemnizadas por la Compañía. También el Asegurador pagará por la Compañía las pérdidas generadas por la responsabilidad de los Directores o Gerentes pérdidas que se deriven de cualquier reclamación de las que sean responsables por cualquier violación de sus deberes, negligencia, error, omisión o algún otro acto similar, cometido o presuntamente cometido por ellos en su funciones como Directores o Gerentes de la Compañía, pero únicamente cuando y hasta el monto por el que dichas pérdidas hayan sido pagadas por la Compañía como Indemnización a los Directores o Gerentes ya sea por disposición de ley, contractual, de sus estatutos sociales, o de una resolución válida de su Directorio.