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Responsabilidad Civil Profesional - Errores y Omisiones

Coberatura:  El Asegurador se obliga a mantener indemne al Asegurado por cuanto éste deba a un cliente o a un tercero a consecuencia de un reclamo por incumplimiento no intencional de sus obligaciones profesionales o todo acto u omisión culposo del Asegurado o de otras personas por las cuales él sea legalmente responsable (empleados), incluyendo culpa grave, siempre que tal acción y omisión se cometa durante y/o con motivo de la prestación de los servicios profesionales de la actividad declarada del Asegurado, de acuerdo con lo códigos, leyes y demás normas aplicables de la República Oriental del Uruguay relacionados con su actividad. Este reclamo cubierto debe haber sido cometido dentro del período de cobertura de la póliza.
Ocupaciones más Solicitadas
Escribanos, Abogados, Contadores, Brokers de Seguros, Empresas desarrolladoras de Software, Agentes FIFA, Traductores Públicos, entre otros. No podemos otorgar cobertura a Médicos, Ingenieros, Arquitectos ni Despachantes de Aduanas.